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lunes, 5 de septiembre de 2016

¿QUÉ TASAS JUDICIALES SIGUEN EN VIGOR?

Muchos clientes, a raíz de las informaciones aparecidas en los medios de comunicación acerca de la publicación de la STC 140/2016, de 21 de julio, nos preguntan, con expectación, si las tasas judiciales han sido derogadas.
Si bien es cierto que algunas tasas judiciales han sido dejadas sin efecto por esta Sentencia, no lo es menos que otras permanecen en vigor.
De esta forma, han sido eliminadas las tasas establecidas para formular recursos y la parte variable del importe de la tasa que se calculaba sobre la cuantía del procedimiento, por haber sido consideradas todas ellas desproporcionadas.
Sin embargo, se mantienen las tasas por el inicio de procedimiento en el orden civil, salvo que sea de aplicación alguna de las bonificaciones y exenciones previstas en la Ley.
Asimismo el Tribunal Constitucional declara exentos del pago de la tasa los procesos civiles por reclamación de cantidad cuya cuantía no supere los 2.000 euros, salvo cuando se trate de la ejecución de títulos extrajudiciales.
Estas tasas son solo aplicables a las personas jurídicas (incluyendo a las ONGs).
Las personas físicas y comunidades de propietarios están exentas del pago de las mismas.
Por tanto, las tasas vigentes a día de hoy son las siguientes:

Juicio Verbal y cambiario
Juicoi Ordinario
Monitorio, *monitorio europeo y demanda incidental en el proceso concursal
Ejecución extrajudicial y oposición a la ejecución de títulos judiciales
Concurso necesario
100 €
300 €
100 €
200 €
200 €


* Cuando después de la oposición del deudor en un monitorio se siga un proceso ordinario se descontará de la tasa la cantidad ya abonada en el proceso monitorio.

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