El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha
celebrado este martes 26 de abril una vista oral sobre los tres asuntos
prejudiciales acumulados en relación a la retroactividad de las cláusulas suelo
en España. Todas las partes han sido escuchadas en esta jornada, pero habrá que
esperar hasta el verano para conocer el informe del abogado designado por el
tribunal y cuatro meses más para la sentencia definitiva.
Lo primero, ¿por qué este proceso sobre la cláusula suelo?
Los bancos entienden que prestar dinero en forma de
hipotecas sobre vivienda a sus clientes debe tener una remuneración, así que
cuando el Euríbor comenzó a caer en 2009 empezaron a incorporar un interés
mínimo a cobrar a sus clientes. Así, se aseguraban un beneficio. Según el
último dato disponible del Banco de España, a finales de 2014 había 5,8
millones de hipotecas vivas de primera vivienda en nuestro país. De ellas,
entre el 30% y 40% contendría este 'suelo' entre sus condiciones. Es decir, dos
millones de préstamos hipotecarios se verán afectados por la decisión del TJUE.
¿Y por qué este suelo se ha convertido en un problema?
Porque ha impedido a los hipotecados beneficiarse de la
caída histórica del Euríbor en los últimos años al firmar esta cláusula. El índice en los
últimos dos meses, de hecho, ha presentado una tasa negativa; y si eso no ha
provocado la devolución de dinero a los clientes por parte de los bancos es
porque las hipotecas suelen tener un 'diferencial' sobre el Euríbor de
aproximadamente medio punto.
¿Se espera que el Tribunal europeo las anule?
No es tanto eso, como lo que determine acerca de su
retroactividad. El Tribunal Supremo sentenció en 2013 en contra de estas
cláusulas pero introdujo una limitación temporal a la devolución de cantidades
indebidamente pagadas por los clientes: el 9 de mayo de 2013, la fecha de la
primera sentencia al respecto del Alto Tribunal. Las cantidades cobradas con
anterioridad a esta fecha, no deberían devolverse a los clientes. El
Constitucional inadmitió después el recurso de amparo presentado por BBVA y
Cajamar contra la sentencia.
O sea, que el Supremo español no las anuló completamente...
En su sentencia, el Supremo señalaba que las cláusulas suelo
son "lícitas siempre que su transparencia permita al consumidor
identificar la cláusula como definidoras del objeto principal del contrato y
conocer el real reparto de riesgos de la variabilidad de los tipos". De
este modo, el tribunal declaraba la nulidad de estas cláusulas solo en los
casos en los que el cliente no hubiera sido debidamente informado. Sin embargo
el pasado 7 de abril, tras una denuncia de Adicae, una jueza de Madrid anuló en
toda España estas cláusulas precisamente por "falta de transparencia” y
condenó así a 40 bancos y cajas a eliminarlas de sus contratos y a cesar en su
uso.
¿Y cómo es que ha llegado el caso hasta Europa?
La cuestión prejudicial que ha ocupado este martes al
Tribunal de Justicia de la UE fue planteada por un Juzgado Mercantil de Granada
en un procedimiento de nulidad de cláusula suelo (asunto C-154/15) iniciado en
Granada por Ausbanc Abogados contra Cajasur. A ésta se sumaron después otras
dos formuladas por la Audiencia Provincial de Alicante contra Banco Popular y
BBVA. En los tres casos, las consultas se produjeron a raíz de la decisión del
Supremo de no hacer retroactiva la devolución de las cláusulas suelos más atrás
del citado 9 de mayo de 2013.
¿Quién se ha personado hoy en el Tribunal?
Dos posiciones diferenciadas se han dado cita en la Corte de
Luxemburgo. A favor de la retroactividad en la devolución del dinero se han
posicionado Daniel Pineda (letrado de Ausbanc e hijo del recientemente
encarcelado Luis Pineda), Francisco Javier Zambudio (en nombre de Ana María
Palacios, enfrentada con el BBVA), Francisco García Cerrillo (defensor de
Emilio Irlés y Teresa Torres contra el Banco Popular Español) y los gobiernos
de Polonia y República Checa. En contra de la retroactividad se han mostrado
dos países (España y Reino Unido) y los tres bancos afectados por la demanda de
Ausbanc en Granada: Banco Popular, CajaSur y BBVA.
¿Qué han dicho en el TJUE los que defienden la
retroactividad de la devolución...
El representante de Ausbanc, ante los 15 magistrados
presentes en la Gran Sala del TJUE, ha defendido que "no se puede limitar
en el tiempo los efectos de una cláusula declarada abusiva" y ha pedido
que la retroactividad sea total, es decir, que la devolución del dinero cobrado
por la cláusula suelo debe hacerse desde el momento en que se firmó la
hipoteca. Por su parte el abogado Francisco Javier Zambudio destacó que declarar
nula una cláusula abusiva, y que tenga sólo efectos futuros, o temporales,
tendría poco significado, además de perderse así el efecto disuasorio para
futuros abusos.
... y qué han defendido los bancos?
Han apelado sobre todo al concepto de "seguridad jurídica,
equidad y enriquecimiento injusto" para defender su postura. La letrada
Ana Fernández Vicién, por parte de Banco Popular, destacó que eliminar las
cláusulas suelo genera un desequilibrio, a favor de los consumidores, ya que se
mantienen los contratos hipotecarios con las mismas condiciones, plazos, tipos
de interés, pero eliminando una, a quien únicamente beneficia es al consumidor.
En este mismo sentido se mostraron los representantes de Caja Sur y BBVA.
¿Cuándo conoceremos la sentencia del Tribunal europeo?
No
hay una fecha prevista para su dictamen. Tras esta vista de este martes, el
abogado general designado para el caso, Paolo Mengozzi, presentará un informe
no vinculante el 12 de julio. La sentencia final —que suele respaldar en un 90%
de los casos el informe del abogado— suele dictarse entre dos y cuatro meses
después de que el TJUE reciba las conclusiones del letrado.
¿Me devolverían el dinero aunque ya ganado mi juicio?
Ojo con esto, porque es uno de los riesgos que identifican
las asociaciones de consumidores. La existencia de una sentencia favorable al
consumidor sobre causas juzgadas en las que no se haya reconocido la
retroactividad quedaría en el aire, un supuesto al que podrían aferrarse muchos
bancos para eludir la restitución de las cantidades abonadas antes de mayo de
2013.
¿Cómo afectaría a los bancos una sentencia en su contra?
Según un informe del banco de España citado en Luxemburgo
por el letrado del BBVA, los bancos deberían devolver entre 5.000 y 7.600
millones de euros. Y un segundo documento preparado por BBVA y Popular lo cifra
en 5.800 millones. Según Daniel Pineda, de Ausbanc, las entidades no pueden
alegar que suponga un riesgo para el sistema la devolución de estas cantidades
porque "no se haría de forma inmediata, sino paulatinamente, durante
varios años, conforme las sentencias judiciales fuesen declarando abusivas las
cláusulas suelo". Además, Francisco García, defensor de otro de los
hipotecados, alegó que la devolución podría situarse entre los 5.000 y los
6.000 euros y tendría consecuencias positivas en términos económicos, como
incentivar el consumo y el ahorro o permitir que cumplan sus obligaciones con
sus bancos.



