El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley
por el que se modifica la Ley de tráfico y seguridad vial.
En el post de hoy analizamos de forma breve las
principales novedades introducidas por la reforma:
- Se
duplican las sanciones por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas o
drogas, pasando de 500 a 1000 €.
La prueba de detección de drogas será mediante saliva y la de contraste mediante análisis de sangre.
Los peatones que
cometan infracciones también deberán someterse a estos controles.
- Se abre la puerta a un aumento del límite de
velocidad a a 130 kilómetros por hora en aquellos tramos de autopista que
cuenten con un historial de baja siniestralidad, siempre que se den las
condiciones climatológicas favorables. Ello se deduce de la introducción en el cuadro de sanciones
por excesos de velocidad de este nuevo límite. También se incluye el límite de 20
km/h para algunos tramos de vías urbanas.
- Superar estos futuros límites de velocidad se
castigará con el actual rango de sanciones para los límites vigentes, con
multas comprendidas entre 100 y 600 euros y la retirada de entre dos y seis
puntos. En cualquier caso, será en la reforma del Reglamento de Circulación en
donde se establezcan estos nuevos límites.
- Se prohíbe el uso de detectores de radar. Hasta ahora
solo se prohibía el uso de inhibidores (dispositivos que interferían con la
señal de radar impidiendo la medición de la velocidad). Esta infracción se
sanciona con una multa de 200 euros y pérdida
de 3 puntos del permiso.
- El uso de la silla para menores en los asientos traseros
se determina en función de tallas y no de edad. Esta materia así como los
sistemas de retención infantil serán regulados en el futuro por el Reglamento
de Circulación

