El Presidente de la CEOE ha sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia nº 43 de Madrid a abonar 2.451 € en concepto de nóminas impagadas a un trabajador de Air Comet. Hasta ahí todo sería normal. Lo singular de este caso es que esa cantidad será abonada no por el patrimonio de la empresa deudora sino directamente por el patrimonio personal de Díez Ferrán.
Este particular hecho se debe a que el empresario comprometió su patrimonio personal a modo de garantía de pago de los sueldos de los trabajadores a cambio de que estos desconvocasen la huelga prevista para el 1 de diciembre.
El Juzgado ha entendido que esta garantía es perfectamente válida y exigible jurídicamente desestimando las alegaciones del Presidente de la CEOE que calificaba su compromiso de meramente ético o moral. A este respecto el Juzgado ha señalado que "El documento se suscribe en un contexto de huelga de los trabajadores de Air Comet que no han percibido sus salarios por lo que exigen una garantía adicional de cobro que no es otra que el afianzamiento por el Sr. Díaz Ferrán con su patrimonio personal."

